Nogueira: "El traslado de Indarsa y Comarsa supone riesgos ambientales" - Piedra OnLine

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sƔbado, 6 de febrero de 2016

Nogueira: "El traslado de Indarsa y Comarsa supone riesgos ambientales"

El diputado Santiago Nogueira presentĆ³ un pedido de informe a Ricardo Esquivel, Subsecretario de Ambiente, para saber si las empresas ubicadas en Parque Industrial, que tratan residuos petroleros peligrosos, han presentado su Proyecto de Cierre Definitivo tal como lo establece la legislaciĆ³n vigente.


"Considero que la informaciĆ³n que estoy solicitando es fundamental para que la sociedad neuquina pueda involucrarse y participar controlando este proceso complejo que encierra importantes riesgos ambientales", seƱalĆ³ el diputado.

Nogueira explicĆ³ que "teniendo en cuenta que nuestra ConstituciĆ³n Nacional establece que la mejor manera de tratar las cuestiones ambientales es con la participaciĆ³n de todos los interesados y que las personas tienen derecho a acceder a toda la informaciĆ³n sobre el medio ambiente que dispongan las autoridades pĆŗblicas, a partir de la preocupaciĆ³n de diferentes vecinos de la zona oeste de NeuquĆ©n y organizaciones de la sociedad civil por la existencia de basureros petroleros dentro del ejido municipal y a escasos metros de viviendas particulares y habiĆ©ndose decretado su traslado he decidido elevar un pedido de informe al subsecretario Esquivel".

SegĆŗn lo dispuesto por el decreto 2263/15 y la ley nacional 24.051, las empresas Industria Argentina de Reciclado S.A. (Indarsa) y CompaƱƭa de Saneamiento y RecuperaciĆ³n de Materiales (Comarsa) deben presentar un Proyecto de Cierre Definitivo y trasladarse a 8 km de AƱelo. El diputado consultĆ³ si presentaron los respectivos proyectos y, en caso afirmativo, si fueron aprobados y solicita una copia de los mismos.


En octubre de 2014, en Indarsa, se rebalsĆ³ una pileta de residuos petroleros y el crudo se desparramĆ³ por las calles de Parque Industrial. A fines del 2015, mediante el decreto 2263/15, se dispuso que las empresas Comarsa e Indarsa, deberĆ”n trasladarse a zonas alejadas al menos 8 km de los ejidos municipales y con una zona de exclusiĆ³n de 5 km que deben estar libres de asentamientos poblacionales al menos por los prĆ³ximos 20 aƱos. El plazo para mudarse es de un aƱo, extensible a un aƱo mĆ”s. En el mismo sentido, la ley nacional 24.051 indica que para proceder al cierre de una planta de tratamiento de residuos peligrosos el titular debe presentar un Plan de Cierre que debe ser aprobado o desestimado por la autoridad de aplicaciĆ³n.