UN FALLO QUE TIENE CURA...Grassi.- - Piedra OnLine

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lunes, 15 de junio de 2009

UN FALLO QUE TIENE CURA...Grassi.-


Un final tras las rejas para el cura sentenciado
UN FALLO QUE TIENE CURA: PedirƔn que Grassi vaya al calabozo
Grassi fue sentenciado a 15 aƱos, pero los jueces decidieron que permanezca en libertad hasta que el fallo estĆ© firme. En la sentencia, a la que accedió PĆ”gina/12, los jueces desestimaron la pericia segĆŗn la cual Grassi tiene el perfil del “delincuente sexual”.

Por Carlos RodrĆ­guez

Para mañana se espera una presentación de la fiscalía y de algunos de los querellantes para que la CÔmara de Garantías de Morón modifique la resolución que dejó al cura Julio César Grassi en libertad (ver nota aparte) tras la fuerte polémica que generó la sentencia por abuso sexual y corrupción de menores que condenó a 15 años de prisión a Grassi, pero a quien los jueces dejaron en libertad hasta que la sentencia esté firme, y con la posibilidad de ingresar a la Fundación Felices los Niños, escenario de los hechos en los que fue hallado culpable.

PĆ”gina/12 tuvo la posibilidad de acceder a la lectura de la resolución de 1400 fojas emitido por el Tribunal Oral 1 de Morón, cuyos integrantes, luego de la sentencia, se tomaron vacaciones. En las partes resolutivas del fallo que provocó la polĆ©mica y la presentación que se realizarĆ” maƱana, resulta extraƱo que los doctores Luis MarĆ­a Andueza, Jorge Carrera y Mario Gómez no hayan tomado como prueba vĆ”lida el test realizado por peritos de El Calafate, donde se dice que el religioso tiene el perfil de un “delincuente sexual”. Y lo que mĆ”s llama la atención es que no haya, en el fallo, una explicación que intente fundamentar esa decisión de ignorar un argumento que respaldaba las denuncias contra Grassi.

Del mismo modo se transcribe una serie interminable de detalles sobre las comidas, los juegos, los paseos y las actividades de los niƱos que estaban en la Fundación, de cuyo funcionamiento general parece brindarse una visión favorable, como si eso fuera garantĆ­a de que en un lugar asĆ­ no pudieran producirse los abusos sexuales denunciados. Otro punto que llama la atención, porque tampoco parece tener nada que ver con el fondo de la investigación judicial, deriva de las permanentes alusiones a ciertos aspectos de la personalidad de “Luis”, a su relación con otros chicos y a una supuesta vuelta atrĆ”s en sus acusaciones contra Grassi. Antes del juicio, todo hacĆ­a presumir que la declaración de “Luis” sobre diez de los 17 hechos de abuso que se le adjudicaron al cura iba a ser central, pero finalmente su acusación fue desestimada, igual que los cinco casos planteados por otra de las vĆ­ctimas, “Ezequiel”. El tribunal condenó a Grassi sólo por los dos abusos en contra de “Gabriel”.

“Se hizo una valoración absurda de la prueba, para ir preparando el veredicto. Algunas cuestiones son absolutamente arbitrarias porque no se brinda una explicación jurĆ­dica sobre el porquĆ© de tal o cual decisión. Por ejemplo, se rechaza lo que dice la pericia realizada en El Calafate, pero no se brinda ninguna explicación respecto de las razones de esa determinación. Tampoco se toma en cuenta que las declaraciones de “Luis” o de “Ezequiel” fueron consideradas creĆ­bles por los peritos. Los jueces las desestiman pero no explican el porquĆ©”, dijo a este diario una fuente allegada a la causa.

Sobre las supuestas idas y venidas de “Luis”, en su acusación, la misma fuente, tal como surge de la lectura del fallo, asegura que “Ć©l no se desdijo, lo que hizo fue hacer aclaraciones sobre alguno de los hechos, para explicar mejor lo que habĆ­a ocurrido. Eso quedó muy claro durante el alegato (en el juicio) del abogado (Jorge) Calcagno”, quien representa al chico. La exposición de Calcagno estuvo basada en el libro Abuso sexual infantil: ¿denunciar o silenciar?, escrito por el juez Carlos Alberto Rozansky, un experto en el tema. “En su trabajo, Rozansky ha dicho de manera muy clara lo que pasa por la cabeza de un chico abusado y el porquĆ© de algunas contramarchas. Los jueces consideran que esas aclaraciones desvirtĆŗan la declaración, cuando deberĆ­an haber hecho una lectura opuesta porque las aparentes contradicciones confirman que se trata de un chico que fue abusado y que arrastra ese hecho traumĆ”tico.”

Los dos Ćŗnicos casos de abuso considerado probados por los jueces son los que tuvieron como vĆ­ctima al chico conocido como “Gabriel”, quien tenĆ­a 13 aƱos al momento de ocurridos. En el fallo, como ya se reprodujo en la edición de PĆ”gina/12 del jueves 11, se confirma que tuvieron “una clara orientación sexual” los “tocamientos, beso en la boca y fellatio” promovidos por Grassi sobre su vĆ­ctima y se dice que el condenado “no podĆ­a ignorar” que su actitud podĆ­a “desviar el normal desarrollo” de la sexualidad del menor.

Los jueces, por unanimidad, consideran probado que lo sucedido “no es ni mĆ”s ni menos que influir voluntariamente sobre la normal formación del menor para obtener que aceptara estas relaciones homosexuales como si fueran lo que ocurre habitualmente”. Aclaran luego que “no se trata aquĆ­ de la libre elección del objeto sexual de cada uno, que de por sĆ­ no tiene nada de reprochable y sólo pertenece a la esfera privada del individuo, sino de la influencia de un mayor sobre un menor” que a esa edad tiene “la orientación sexual indefinida o en vĆ­as de definición”.

Se afirma que la conducta seguida por Grassi tiene como fin “pervertir en la doble acepción del tĆ©rmino: perturbar, alterar el orden o estado de las cosas o viciar o corromper con malas doctrinas o ejemplos las costumbres, la fe, el gusto, etc.”. Cuando esto ocurre, el autor (Grassi) exterioriza “un dolo directo de promover la corrupción de la vĆ­ctima para satisfacer sus deseos, que es lo que la ley reprime”. En el caso de “Ezequiel”, el tribunal toma en cuenta, como un elemento que debilitarĆ­a la imputación contra Grassi, la dificultad para establecer, con cierta precisión, las fechas en que ocurrieron los abusos. De todos modos, se dice solamente que no existen “elementos de convicción suficientes” como para condenar a Grassi.

Tal vez el rechazo mĆ”s rotundo del tribunal es en relación con los casos denunciados por “Luis”, que sin embargo tiene a su favor la existencia de testigos de uno de los hechos de abuso sexual, el ocurrido en un gimnasio municipal de El Calafate, que aunque no fue tratado en este proceso, podrĆ­a servir para confirmar la relación que Grassi habĆ­a entablado con el joven haciendo valer el poder que le conferĆ­a el ser titular de la Fundación y tutor del chico. En el fallo se menciona ese caso, a travĆ©s del relato de dos chicos que dicen haber visto cómo el padre Grassi y su vĆ­ctima “con los torsos desnudos, en calzoncillos” estaban sobre una cama. La existencia de este caso habrĆ­a sido desestimada, en Santa Cruz, por el propio “Luis”, quien luego denunció hechos ocurridos en la sede de la Fundación, en Hurlingham. Las dudas sobre un hecho ajeno a este juicio pesaron mĆ”s que las declaraciones del joven sobre otros diez hechos.

En el fallo, hay larguĆ­simas consideraciones sobre la educación que recibĆ­an los niƱos en la Fundación, sobre los talleres donde aprendĆ­an manualidades y hasta se describen las comidas que se servĆ­an, detalles que no parecen tener relación con el hecho investigado. De todos modos, tambiĆ©n hay algunos testimonios, citados en la sentencia, que mencionan la presencia de “chicas que se embarazan dentro de la institución a raĆ­z de violaciones o relaciones sexuales frecuentes” y que “salen a parir fuera de la misma y no regresan, siendo que hay dentro de la institución una casa para madres solteras”. Una asistente social que trabajó en la Fundación afirma que las religiosas que trabajan para Grassi “les decĆ­an a las menores: ‘HuĆ©rfana de mierda, sos mĆ”s puta que tu madre’”.

En el mismo fallo se seƱala que una de las testigos dijo que le llamó la atención el incremento de los chicos internados en la Fundación, que pasó en poco tiempo “de tres mil a seis mil”. Otro testimonio sostiene que “se intentó realizar una depuración de la lista de los niƱos internados y el padre Grassi no la autorizó porque son nĆŗmeros necesarios para captar becas de empresas, tales como TBA (Trenes de Buenos Aires)”. Otra de las empresas importantes es COTO. En distintos lugares del fallo se hace mención a las amenazas que sufrieron algunos chicos internados “para que no declaren en contra del padre Grassi” y que las denuncias iniciales por abuso sexual, realizadas en el aƱo 2000, antes de la difusión del caso por Telenoche Investiga, iban acompaƱadas por la sospecha de que algunos donantes utilizaban a la institución para blanquear fondos provenientes del narcotrĆ”fico.

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