La Junta de Gobierno del MPN apeló la suspensión de elecciones en Plaza Huincul - Piedra OnLine

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jueves, 20 de enero de 2011

La Junta de Gobierno del MPN apeló la suspensión de elecciones en Plaza Huincul

El apoderado legal del partido presentó una apelación “in extremis” para que la jueza defina la situación de la elecciones internas del partido provincial que habían sido suspendidas por un amparo presentado por uno de los precandidatos.

Neuquén.- El abogado apoderado del MPN Carlos Fernández, presentó esta mañana la apelación de partido ante la titular del Juzgado Civil 1 de Cutral Co, Nancy Vielma, para que se disponga la habilitación de la feria judicial para el tratamiento de un recurso “in extremis” (de urgencia) y que “se disponga el levantamiento de la cautelar, indebidamente otorgada” que habilitó la suspensión de las internas del partido provincial en Plaza Huincul.

En diálogo con La Mañana Neuquén, Fernández dijo que “hay elementos que plantea Garrido en su amparo que están mal porque dice que no lo dejan participar del acto eleccionario, cuando eso es falso. Él se sometió a las reglas, reservó color, pidió planillas de avales y recibió los padrones”. Por esta situación el abogado entiende que como el demandante se sometió a las reglas del juego no puede argumentar lo contrario.

“El actor a través del apoderado de su lista en la cual el resultaría “precandidato a intendente” ha tomado activa participación en el proceso eleccionario y mal puede en consecuencia sostener que se vulnera su derecho a elegir y a ser elegido como sostiene en su presentación”, dice la apelación presentada en la justicia.

Otro de los puntos que plantea el texto del apoderado tiene que ver con el status de recurso de amparo y medida cautelar: “la parte actora confunde el objeto de la pretensión principal con lo reclamado por aplicación de la medida cautelar otorgada, ya que el objeto de la acción de amparo según la petición del actor es la afectación al derecho del actor de elegir (activo) y ser elegido (pasivo), habiendo fundado S.S. la resolución que otorga la medida cautelar por el presunto riesgo que se afecte el derecho de elegir y ser elegido, es evidente la confusión entre la pretensión principal y la accesoria lo que torna improcedente la medida cautelar ya que no puede ser el objeto de esta el mismo que la cuestión principal sometida a juicio”, el abogado explicó que en este caso la jueza estaría resolviendo la cuestión de fondo “porque el objeto del amparo es el mismo que el de la medida cautelar y ambos deben ser diferentes, por lo tanto el accionar judicial es improcedente”.

Por otra parte Fernández dijo que además hay argumentos de índole económica (gastos de campaña) “que implicarían un serio perjuicio al partido en caso de suspenderse las internas” y se planteó su queja respecto a la caución juratoria planteada por la jueza Vielma y piden que se fije una caución real que cubra los gastos hechos por el demandante y el resto de los candidatos en caso de negarse la apelación. Asimismo, Fernández pidió que en caso de no aceptarse el recurso “in extremis”, se plantee la apelación por los cauces naturales.

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