Los concejales Claudio Otano y Laura Alves presentaron un proyecto de ordenanza para crear un Programa de Desarrollo del Plan de Emergencia Volcánica para Bariloche. Resaltan la necesidad de instrumentar un verdadero plan de contingencia para atender los efectos de este fenómeno en la población con la debida planificación. Señalan entre otras cosas la regularidad de los vientos Oeste-Este y la cercanía de volcanes activos en la cordillera.
A partir de la emergencia que está viviendo la ciudad surgió el debate sobre la existencia o no de un protocolo de emergencia para Bariloche. Los concejales Claudio Otano y Laura Alves presentaron un proyecto de ordenanza para elaborar un plan de desarrollo de emergencia Volcánica para Bariloche.
Expresan en los fundamentos que la regularidad de los vientos Oeste-Este y la cercanía a una importante presencia de volcanes activos en toda la cordillera "hace que tengamos que instrumentar un verdadero plan de contingencia para atender los efectos de este fenómeno y su impacto en todos los aspectos sociales, ambientales y económicos, que tiene en nuestra población con la debida planificación."
Mencionan que en los últimos tres años la ciudad sufrió dos veces la caída de cenizas volcánicas producto de columnas eruptivas de volcanes en territorio de la Republica de Chile y afirman que "este fenómeno, que antes tardaba décadas en reproducirse por nuestra región, ahora ha demostrado estar más presente en la estadística de lo que suponíamos".
Plantean en los fundamentos la hipótesis de que "Bariloche reciba una caída de cenizas en plena temporada invernal, con más de 30.000 turistas alojados en la ciudad y con las vías de comunicación alteradas por el fenómeno. Sin aviones y con restricciones en el trasporte terrestre, a ello sumado las propias necesidades de los residentes barilochenses, las fuertes alteraciones de los servicios básicos, y la demostrada alteración de la realidad que suelen hacer algunos medios de comunicación nacionales, buscando la noticia catástrofe de alta demanda en el mercado. Una fotografía de un verdadero caos que condenaría el futuro de nuestra industria turística y por consiguiente la caída estrepitosa de la actividad económica y el cese de miles de fuentes de trabajo, siguiendo el colapso social y la ruptura de la esperanza como motor dinámico de la recuperación comunitaria". Señalan los concejales que "esta hipótesis no es lejana si no actuamos".
Por ello consideran que el desarrollo de un Plan contempla la información necesaria para que las autoridades Municipales, líderes institucionales y la ciudadanía en general conozcan la forma de actuar ante una emergencia causada por cualquier Volcán que integra la zona de riesgo a determinar. "En el documento, se deberá indicar el plan de enlace en donde se indican quienes serán los encargados y responsables de coordinar las acciones necesarias, sistemas de alerta y alarma y los medios de comunicación encargados de difundir la información", explican.
La Dirección General de Defensa Civil, o el órgano que legalmente la reemplazare será la autoridad de aplicación de la ordenanza, siendo facultada para dictar las disposiciones complementarias que considere necesarias o útiles para llevar adelante lo dispuesto.
El objeto del programa es desarrollar un Plan de Emergencia Volcánica , instrumento que contiene de manera ordenada y organizada los procedimientos, sistemas de enlace, roles y funciones, definición de recursos humanos, técnicos y financieros frente a una emergencia volcánica, que sirva para actuar eficiente y coordinadamente, entre los organismos integrantes del sistema de Defensa Civil, tendiente a enfrentar una emergencia volcánica, con el fin de brindar protección a la población permanente y temporal turística de la ciudad de San Carlos de Bariloche.
Se establece en el proyecto que en el marco de la Emergencia Volcánica declarada por Ordenanza 2181-CM-11, el Departamento Ejecutivo dispondrá de las partidas presupuestarias necesarias, para la puesta en marcha y ejecución del Programa de Desarrollo del Plan de Emergencia Volcánica para San Carlos de Bariloche.
Se fija un plazo de 180 días para la elaboración definitiva del Plan de Emergencia Volcánica el cual deberá ser remitido al Departamento Deliberante para su aprobación.

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