Se establecieron espacios y montos para la Fiesta Nacional del Puestero - Piedra OnLine

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jueves, 12 de enero de 2012

Se establecieron espacios y montos para la Fiesta Nacional del Puestero

Mediante ResoluciĆ³n, el municipio local determinĆ³ aspectos organizativos de la prĆ²xima ediciĆ³n de la Fiesta Nacional del Puestero, a llevarse a cabo entre el 8 y el 12 de febrero en nuestra ciudad.

En ese sentido, se establecieron las calles que se afectarĆ”n a la colocaciĆ³n de puestos de venta y tambiĆ©n los montos por metro cuadrado a ocupar por las distintas actividades que se desarrollen en las calles cĆ©ntricas.

Transcribimos textualmente el articulado de la ResoluciĆ³n, dado el interĆ©s que en distintos puntos del paĆ­s despierta la realizaciĆ³n de esta tradicional fiesta gauchesca, que va acompaƱada por los pilcheros como uno de sus principales atractivos:

Articulo 1°: AFECTASE las calles que a continuaciĆ³n se detallan por el tĆ©rmino de 6 (seis) dĆ­as desde el 08/02/2012 hasta el 13/02/2012, ambas fechas inclusive, y por los considerandos expresados precedentemente.

a) Calles Coronel SuĆ”rez en su intersecciĆ³n con calles San MartĆ­n y Padre Milanesio, Calle Padre Milanesio entre Gral. Lamadrid y Coronel SuĆ”rez y calle San MartĆ­n entre Coronel SuĆ”rez y Gral. Lamadrid, se permitirĆ” la instalaciĆ³n transitoria en una sola mano de puestos de venta de los siguientes rubros:

ArtesanĆ­as en cuero, lana, madera, talabarterĆ­a y platerĆ­a
Indumentaria gauchesca

b) Calle Coronel SuĆ”rez entre OHiggins y San MartĆ­n se permitirĆ” la instalaciĆ³n transitoria en una sola mano de puestos de venta de los siguientes rubros:

Productos alimenticios regionales
Envasados
DegustaciĆ³n de embutidos
Ahumados
Globa de artesanĆ­as Neuquinas

Todos los puestos alimenticios deben contar con la documentaciĆ³n correspondiente

c) Calle Don Bosco entre GinĆ©s Ponte y Avenida Lonquimay se permitirĆ” la instalaciĆ³n transitoria en una sola mano de puestos de venta de los siguientes rubros:

Indumentaria en general y miscelƔneos

d) Calle GinĆ©s Ponte entre calle Padre Milanesio y Calle FĆ©lix San MartĆ­n se permitirĆ” la instalaciĆ³n transitoria en una sola mano de puestos de venta de los siguientes rubros:

Indumentaria en general y MiscelƔneos

e) Calle Padre Milanesio entre calle Coronel SuĆ”rez y GinĆ©s Ponte y Calle San MartĆ­n entre Coronel SuĆ”rez y GinĆ©s Ponte se permitirĆ” la instalaciĆ³n transitoria en una sola mano de puestos de venta de los siguientes rubros:

ArtesanĆ­as locales y regionales

f) Calle San MartĆ­n entre GinĆ©s Ponte y Laura VicuƱa se permitirĆ” la instalaciĆ³n transitoria en una sola mano de puestos de venta de los siguientes rubros:

Indumentaria en general y MiscelƔneos

ArtĆ­culo 2°: FIJASE como valores de uso del espacio pĆŗblico los siguientes:

Los puestos indicados en el Articulo 1° inciso a y b, la suma de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) por metro lineal de frente con un mĆ”ximo de tres metros de fondo.Cada puesto deberĆ” contar con un matafuego tipo ABC DE 5 Kg.
Los puestos indicados en el Articulo 1° inciso c, d y f, la suma de PESOS NOVECIENTOS ($ 900) por metro lineal de frente con un mĆ”ximo de tres metros de fondo. Cada puesto deberĆ” contar un matafuego tipo ABC DE 5 Kg.
Los artesanos, productores y comerciantes locales como asƭ tambiƩn los/as ciudadanos/as y/o productores/as de otros Municipios invitados estƔn exentos de pago y los espacios que soliciten no deberƔn superar los dos metros y medio de frente con un mƔximo de tres metros de fondo. Cada puesto deberƔ contar con un matafuego tipo ABC DE 5 Kg.

ArtĆ­culo 3°: FIJASE como valor para la utilizaciĆ³n de espacios de hasta ochenta (80) metros cuadrados para la instalaciĆ³n de juegos infantiles PESOS SEICIENTOS ($ 600) para prestadores forĆ”neos, y PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250) para prestadores locales. En cada espacio asignado se deberĆ” contar con un matafuego tipo ABC DE 5 Kg.

ArtĆ­culo 4Āŗ:  FIJASE como valor para la utilizaciĆ³n de espacios desde ochenta y un (81) a doscientos (200) metros cuadrados para la instalaciĆ³n de juegos infantiles PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1200) para prestadores forĆ”neos, y PESOS QUINIENTOS ($500) para prestadores locales. En cada espacio asignado deberĆ” se contar con un matafuego tipo ABC DE 5 Kg

ArtĆ­culo 5°: FIJASE como valor de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 2400) para juegos mecĆ”nicos tipo Toro MecĆ”nico o similar. En cada espacio asignado se deberĆ” contar con un matafuego tipo ABC DE 5 Kg.

ArtĆ­culo 6°: Para lo establecido en los artĆ­culos 2° , 3°, 4°y 5° el Municipio se encargara de la protecciĆ³n elĆ©ctrica externa siendo responsabilidad de los encargados de cada puesto la protecciĆ³n elĆ©ctrica interna

ArtĆ­culo 7°: PROHIBESE la elaboraciĆ³n y/o venta de productos alimenticios en puestos que estĆ©n instalados en la vĆ­a publica, con la salvedad de los que comercializan garrapiƱadas , licuados artesanales, copos de azĆŗcar , manzanas acarameladas , bebidas sin alcohol y helados en su envase original, los que tributaran de acuerdo a lo normado por la ordenanza tarifarĆ­a en vigencia.

ArtĆ­culo 8°: PROHIBESE la venta de productos alimenticios en domicilios y/o locales particulares que no estĆ©n habilitados para tal efecto.

ArtĆ­culo 9°: Los montos que se fijan en la presente resoluciĆ³n se adoptan en funciĆ³n de los costos por prestaciĆ³n de los servicios de provisiĆ³n de energĆ­a, suministro de agua, recolecciĆ³n de residuos, vigilancia , sanidad ambiental y otros gastos que puedan surgir de la organizaciĆ³n de la fiesta.

Articulo 10°: NOTIFIQUESE a las secretarias de Obras y Servicios PĆŗblicos, de Turismo y de Desarrollo Territorial y promociĆ³n del Empleo con la finalidad que arbitren las medidas de seguridad correspondientes y el efectivo cumplimiento de la presente resoluciĆ³n.

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