Neuquén: El
gobernador Jorge Sapag aseguró que la convocatoria al referéndum que
realizó el municipio de Loncopué por la minería a cielo abierto no es
vinculante ni obligatoria, tal como lo establece el artículo 311 de la
Constitución provincial.
En ese sentido, aclaró que la elección que se realizará hoy en esa
localidad reviste esas dos características. Además, señaló que la
consulta “con el carácter que el municipio quiso darle” es
inconstitucional, justamente porque pasa por encima de ese artículo de
la Carta Magna.
“No puede el municipio derogar una norma constitucional, pasar por encima y pretender engañar a la gente”, dijo Sapag.
El gobernador afirmó que la Provincia hará una presentación en la
Justicia. Dijo que el problema no tiene que ver con el tema minero, sino
con “el avasallamiento” al derecho.
“Cada uno en sus facultades, cada uno en sus derechos y obligaciones.
Si queremos respetar el contrato social, la República y la democracia,
respetemos las facultades de cada uno”, expresó el gobernador.
Artículos
El artículo 311 al que se refirió el gobernador asegura que “el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y los Municipios pueden convocar a consulta popular no vinculante sobre decisiones de sus respectivas competencias. El sufragio no será obligatorio. Quedan excluidas la materia tributaria y aquellas que no pueden ser objeto de consulta popular vinculante”.
Más de 3.000 ciudadanos de Loncopué podrán votar hoy a través de un referéndum si aceptan o no el proyecto de ordenanza municipal que tiene por objeto prohibir la explotación de minerales a cielo abierto. Para esto tienen que participar más de la mitad de inscriptos en el padrón electoral del ejido municipal. La votación se va a realizar en la Escuela 168, donde se instalarán 12 mesas.
Cautelares
El referéndum se llevará a cabo dado que la Sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, integrada por Oscar Massei y Guillermo Labate, resolvió no hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas por Cormine.