Justicia ciudadana: acusar sin pruebas en las redes sociales es un delito - Piedra OnLine

InformaciĆ³n del Mundo

martes, 28 de abril de 2015

Justicia ciudadana: acusar sin pruebas en las redes sociales es un delito

En San Juan, una mujer quiso advertir de un supuesto secuestrador que merodeaba los colegios y acabĆ³ demorada; ahora afrontarĆ­a un proceso civil

CreyĆ³ que advertĆ­a a otras madres de un peligro, pero al denunciar a ese hombre en las redes sociales acabĆ³ siendo ella la que podrĆ­a haber cometido la falta y terminĆ³ demorada en una comisarĆ­a por orden de un juez. Andrea FemĆ­a, una madre sanjuanina de 39 aƱos, recibiĆ³ un mensaje de Whatsapp en el que se advertĆ­a sobre un supuesto secuestrador que se estacionaba cerca de los colegios. Unos segundos despuĆ©s, sin pensarlo mucho, subiĆ³ la foto a Facebook, creyendo haber cumplido con su deber ciudadano.
Ahora afronta una demanda, a la espera de que la Justicia determine si debe indemnizar a ese hombre por haberlo acusado sin pruebas.
Compartir en las redes sociales una denuncia contra una persona, publicar su nombre o su imagen acusĆ”ndola de algĆŗn delito conlleva una responsabilidad civil y penal.
AsĆ­ lo entendiĆ³ la justicia de faltas de la provincia de San Juan el viernes Ćŗltimo. El hombre de la foto era Orlando Heredia, un albaƱil desocupado que dice que estaba esperando a su primo en una camioneta cuando le tomaron esa imagen. Cientos de usuarios la compartieron en las redes y asĆ­ llegĆ³ al celular de los hijos de Heredia, segĆŗn explicĆ³ su abogado, CĆ©sar Oro. LA NACION consulto a FemĆ­a, pero la mujer no respondiĆ³ las llamadas.


Las denuncias de este tipo se han convertido en una prƔctica muy difundida en las redes. Supuestos violadores, padres violentos, infractores de trƔnsito, maltratadores de animales y hasta ladrones en el subte son los blancos favoritos. En todos los casos es interpretada por los usuarios como una forma de ejercer una "justicia ciudadana". Sin embargo, distintos especialistas en derecho civil, en delitos informƔticos y en calumnias e injurias consultados por LA NACION coincidieron en que quien comparte denuncias infundadas contra terceros en redes sociales deberƔ responder por los daƱos generados.
Sin embargo, hubo matices acerca de si era correcto puntualizar en un usuario determinado, en aquel que originĆ³ la informaciĆ³n, o en toda la cadena de usuarios.
"Internet es un medio de difusiĆ³n. Cualquier persona que daƱe la imagen de otra tiene que responder. Es probable que la proliferaciĆ³n de estas denuncias llegue por la inacciĆ³n de las autoridades ante esos delitos. Sin embargo, esto no puede estar exento de la responsabilidad. Y los usuarios de las redes deben ser conscientes de que no pueden daƱar el honor de una persona con una denuncia falsa. Porque en Internet nada es gratuito ni anĆ³nimo", asegura Horacio Granero, presidente de la editorial de jurisprudencia El Dial, que intervino en la redacciĆ³n del proyecto de reforma del CĆ³digo Penal sobre delitos informĆ”ticos.
"Con Internet y las redes sociales, los ciudadanos no sĆ³lo ejercen libertad de expresiĆ³n, sino tambiĆ©n libertad de prensa. Ante esta nueva realidad, la Red no debe ser sancionada. No debemos poner el foco en el medio utilizado, sino en la conducta. Si existe un delito de calumnias e injurias, o un delito contra el honor, corresponderĆ” a la Justicia determinar quĆ© alcance tiene y tambiĆ©n la reparaciĆ³n", explicĆ³ el abogado constitucionalista Gregorio Badeni.
"Sin embargo, este caso tiene cierta complejidad. Por un lado estĆ” la responsabilidad de quien profiriĆ³ la injuria. Pero otro, llama la atenciĆ³n que un juez de faltas tome la atribuciĆ³n de demorar a una mujer basĆ”ndose en una falta de un cĆ³digo local que no puede regular en materia de libertad de expresiĆ³n, garantizada por la ConstituciĆ³n, y que sĆ³lo puede ser competencia del Congreso", agrega Badeni.
Se refiere a que la denuncia de Heredia fue hecha ante el Juzgado de Faltas de Segunda NominaciĆ³n, a cargo de Ricardo Grossi Colombo. El juez considerĆ³ que era una infracciĆ³n al 113 del CĆ³digo de Faltas de esa ciudad, que castiga "al que en lugar pĆŗblico o por medio de telĆ©fonos o redes informĆ”ticas profiera insultos o cause molestias".
Se trata del mismo juez que hace un mes ordenĆ³ seis dĆ­as de arresto efectivo y una multa de 3000 pesos a una mujer que se tomĆ³ fotos "ofensivas" junto a la estatua de Domingo Faustino Sarmiento en su casa natal y las publicĆ³ en Facebook.