La jurista defendió los cambios en el Código Civil.
ROCA.- Aida Kemelmajer de Carlucci, la destacada jurista que participó en la elaboración del Código Civil implementado hace casi dos semanas, intentó poner fin a la polémica en torno al camino de sirga, y el supuesto avance de lo privado sobre lo público.
"El debate es falso porque es falso que antes ese camino era público. Era privado pero con restricciones", dijo la especialista, quien defendió la nueva normativa al sostener que este código suma otras normas que defienden los intereses de los individuos en temas ambientales.
Kemelmajer estuvo en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales el martes brindando un curso de posgrado, "El Derecho como sistema", donde participaron abogados y docentes de RĆo Negro y NeuquĆ©n.
La abogada mendocina puso Ć©nfasis en los cuestionamientos hechos en distintos puntos del paĆs –y especĆficamente en la región– al artĆculo 1974 que reduce el camino de sirga de 35 a 15 metros. Para muchos ambientalistas, esta medida favorece el avance de lo privado sobre lo pĆŗblico.
Para la docente el tema no tiene mayor asidero. Y asegura que los cuestionamientos estÔn vinculados a una "mala interpretación" del régimen que estaba en vigencia hasta el sÔbado pasado.
Justamente en el artĆculo 2639 y 2640 se mencionaba la expresión "calle o camino pĆŗblico" para hablar del camino de sirga.
Es mĆ”s, aclaró que en nuestro paĆs no existe jurisprudencia alguna que avale el sentido "pĆŗblico" sobre esa franja de tierra. "Sólo un viejo autor de apellido Machado lo entendĆa de esa manera. Fue el Ćŗnico", referenció.
La doctrina y jurisprudencia con el anterior código se sostenĆa sobre dos ejes: el primero apuntaba a que era de dominio privado con una restricción (esta era la mirada mayoritaria). El segundo segmento opinaba que se trataba de una servidumbre de tipo administrativa.
"Pero no hay ninguna sentencia (que hable de un camino público), al contrario hay una de 2008 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la provincia de Neuquén que adhiere al criterio que el camino de sirga es privado con una restricción a ese dominio", explicó.
Criterio
Kemelmajer aseguró que algunos autores sostenĆan que hoy con el tipo de navegación que existe no se justificaba mantener una norma asĆ, aunque a su criterio habĆa que mantenerlo. "Siempre hay que entender que hablamos de rĆos navegables o flotables como asegura la Corte Suprema", explicó.
"Tiene que quedar en claro en que no son espacios públicos ya en el Código de Vélez SÔrsfield se indicaba que eran 'terrenos de los propietarios'", detalló.
Para clarificar el tema puso un ejemplo: si se estĆ” en una zona de movimientos sĆsmicos uno puede construir un edificio hasta cierta cantidad de pisos porque el Estado lo regula por la peligrosidad de la zona. Justamente esa es una restricción a una propiedad privada, deslizó.
Es verdad que se bajó de 35 a 15 metros, pero en el código anterior tambiĆ©n se permitĆa reducir esta franja de tierra cuando se hablaba de cursos de aguas navegables con cercanĆas a las zonas pobladas. EstĆ” claro que esa restricción impedĆa al propietario de ese terreno construir algo que perjudique la navegación.
"Pero ademĆ”s este Código suma el artĆculo 240 que antes no estaba y ahora sĆ. Y que dice que nadie puede ejercer sus derechos individuales en perjuicio de los derechos colectivos y de los derechos del ambiente", destacó.
Kemelmajer tambiĆ©n retrucó a los defensores de la vieja norma: "si era tan bueno el rĆ©gimen anterior cómo se explica que los que tiene propiedades lo mismo han construido (bien o mal) (...) Y si efectivamente lo era y perjudica la navegabilidad estĆ”n mal construidos. Entonces nunca se cumplió y es erróneo interpretarlo asĆ".
domingo, 16 de agosto de 2015
Camino de sirga: "El debate es falso"
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# Fuente: Rio Negro On Line
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