Es inconstitucional una ordenanza que prohíbe el fracking - Piedra OnLine

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jueves, 28 de diciembre de 2017

Es inconstitucional una ordenanza que prohíbe el fracking

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) declaró inconstitucional una ordenanza que había aprobado la localidad de Vista Alegre, con el fin de prohibir el fracking en la zona de chacras.

La polémica viene desde finales de 2016 cuando el Concejo Deliberante, en manos del MPN, autorizó una solicitud de vecinos organizados para que no se instale la industria petrolera en el sector de chacras de la ciudad, alertados por la posible contaminación de las napas.

El 22 de diciembre pasado, el TSJ, con el voto de los jueces Evaldo Moya, María Soledad Gennari, Alfredo Elusu Larumbe y Oscar Massei, dio por cerrada la discusión.

Según se transcribe en el fallo, en los considerandos de la ordenanza se da por sentado que el método de extracción de hidrocarburos mediante la fractura hidráulica “es una actividad peligrosa para los individuos y las comunidades, siendo sus riesgos la existencia de terremotos, efectos nocivos en el agua, aire, agricultura, salud, seguridad pública, valor de los terrenos, estabilidad del clima y vitalidad de la economía”.

El TSJ ya había suspendido los efectos de la ordenanza en mayo pasado, cuando intervino la Fiscalía de Estado, que interpuso el recurso de inconstitucionalidad.

Vista Alegre tiene una extensa zona de chacras y desde hace años hay pozos activos. Los vecinos temen por el medioambiente.