La ruta 40 y la cordillera vendidas a Benetton? - Piedra OnLine

Información del Mundo

jueves, 25 de junio de 2009

La ruta 40 y la cordillera vendidas a Benetton?

La ruta 40 y la cordillera vendidas a Benetton?


La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, sede Bariloche, difundió un correo electrónico que contiene varias fotos en las que se verían que el empresario Benetton alambró distintas zonas de la Patagonia argentina. Los alambres recorren montañas, ríos y otros lugares, impidiendo el paso de los habitantes de la zona. (Ver galería de fotos).


Campos alambrados de Benetton.
Campos alambrados de Benetton.

Reenviamos este mail que recibimos para difundir. No tiene fuentes para contactar pero sabemos que es una realidad que sufrimos por estas tierras. Si tienen datos concretos podrĆ­amos convocar, vecinos y organizaciones sociales, para una denuncia formal.
Quedan invitados a participar de la Asamblea Permante por los Derechos Humanos. Nos reunimos los dĆ­as lunes de 17 a 19 horas en John O´Connor 33 Bariloche.

Soy de El MaitĆ©n, Chubut, Patagonia Argentina ¿porquĆ© digo esto? Lo que voy a contarles pasa ahĆ­, exactamente El MaitĆ©n. Se ubica en la comarca andina, zona que comparte con El Hoyo, Epuyen, Lago Puelo, Cholila, El Bolsón entre otros... a unos 200 KM de Bariloche, es un sitio hermoso atravesado por el rio Chubut, de montaƱas, nieve, y en su momento de cenizas

Con mi amigo salimos en la bici por la RUTA NĀŗ 40 nos encontramos con lo que se ve en las fotos (ver galerĆ­a). Pensamos que podĆ­amos hacer, luego de acordarnos de toda la flia Benetton

Se nos ocurrió "escalar" una montaña pero.... otra vez los condenados alambres. Decidimos seguir, "pasar" los alambres (aquí las pruebas). Seguimos en la bici como 5 Km , pero....el alambre seguía


Conclusión.

No fue fƔcil pero logramos fotografiar los mƔs posible las injusticias, un arroyo y el rƭo tambiƩn estƔn alambrados, eso es ILEGAL!

"...Art. 2340 del Código Civil incluye entre los bienes del dominio público "los ríos y lagos navegables y sus lechos", mientras que el art. 2639 establece que "Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua estÔn obligados a dejar una calle o camino público de 35 metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna".

"Aún cuando la modificación del art. 2340 durante un gobierno de facto, en 1968, hizo desaparecer las mÔrgenes del texto, ni en la ley 17711 ni en ninguna posterior dice que las mÔrgenes pasan a ser del dominio privado. Y el Art. 2577 dice que "no constituyen aluvión las arenas o fango, que se encuentren comprendidas en los límites del lecho del río determinado por la línea a que llegan las mÔs altas aguas en su estado normal." Es decir, que las tierras bañadas por las aguas de las mÔximas crecidas no pertenecen al ribereño sino que son del dominio público..."

Con esto tratamos de demostrar como nos estÔn arrebatando "bienes de dominio público"
Esperamos que los mas grandes hagan respetar los derechos y protejan nuestros bienes nosotros empezamos haciendo conocer circular esto feo que esta pasando en nuestra provincia de Chubut.

No hay comentarios:

Publicar un comentario