Hidenesa distribuía gas sin olor en la localidad de Santo Tomás. - Piedra OnLine

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viernes, 11 de septiembre de 2009

Hidenesa distribuía gas sin olor en la localidad de Santo Tomás.

REGIONALES - 11.09.2009
El Enargas aplicó sanción a Hidenesa
El Ente Regulador la multó con $40.000 al detectar que la empresa provincial distribuía gas sin olor en la localidad de Santo Tomás.
En el apercibimiento, publicado en el Boletín Oficial de la Nación, se tomaron en cuenta otros incumplimientos sucedidos en 2008.

Neuquén > El interventor del Ente Nacional Regulador del Gas, Antonio Luis Pronsato, ratificó la sanción de una multa de 40.000 pesos a Hidrocarburos del Neuquén Sociedad Anónima (Hidenesa), por no haber odorizado el fluido que distribuye en varias ciudades de la provincia.
La anomalía se registró en mayo del año pasado en la localidad de Santo Tomás. Camuzzi Gas del Sur como licenciataria del servicio de distribución efectuó la constatación y elevó las actuaciones al Enargas. Hidenesa efectuó un descargo donde intentó desactivar las acusaciones e indicó que es una empresa estatal que presta servicios en localidades con baja rentabilidad.
En el Boletín Oficial de la Nación del miércoles 9, Pronsato, en nombre de la autoridad regulatoria, entendió que existe mérito suficiente para desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por Hidenesa contra lo dispuesto en la resolución del Enargas del año pasado, por lo que remitió las actuaciones a la Secretaría de Energía de la Nación.
Pronsato tuvo en cuenta que Hidenesa había sido sancionada con una multa de 20 mil pesos por haber incurrido en el incumplimiento de varias resoluciones del Enargas el 21 de abril de 2008 y otra multa de 30 mil pesos por haber incumplido con lo dispuesto en septiembre de 2008, en relación con los niveles de odorización existente en las instalaciones de gas presentes en las localidades de Buta Ranquil y Villa El Chocón. “Estas circunstancias si bien no pueden ser tenidas en cuenta como reincidencia, son por demás demostrativas de la persistencia en la conducta infractoria y de la proporcionalidad y razonabilidad de la sanción impuesta a Hidenesa”, expresó Pronsato en la resolución en la que desestimó los argumentos de la distribuidora neuquina.
Por estas razones y por una serie de cuestiones técnicas que tienen que ver con el momento en que se midió la odorización de la red y la capacidad de Camuzzi para efectuar las inspecciones, la autoridad regulatoria entendió que existe mérito suficiente para desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por Hidenesa contra lo dipuesto en la resolución del Enargas del 6 de noviembre de 2008.

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