Poseer un telƩfono celular denunciado
como robado sin saber su origen irregular no necesariamente implica la
comisión de un delito, segĆŗn la Justicia. La Sala Primera de la CĆ”mara Federal, con las firmas de los jueces Eduardo Farah y Jorge Ballestero, revocó el procesamiento de EstefanĆa NatalĆ Barreto, detenida con el aparato presuntamente robado en enero de 2010.( Leer en mĆ”s información)
La posesión de un celular de origen irregular constituye una variante especĆfica de la figura del encubrimiento, que establece penas de entre seis meses y tres aƱos de cĆ”rcel.
Pero esa figura penaliza a quien "a sabiendas de su procedencia ilegĆtima, adquiriere por cualquier medio o utilizare terminales celulares, Módulo de Identificación Removible del usuario (tarjetas de telefonĆa) o la tecnologĆa que en el futuro la reemplace".
"El hecho de que una persona posea un telĆ©fono celular bajo condiciones irregulares (ya sea con denuncia de robo o hurto, extravĆo o que originariamente haya sido obtenido mediante fraude) no configura per se el tipo penal en cuestión", dijeron los camaristas.
"La posesión y utilización del aparato atribuidas a Barreto nada dicen acerca de su procedencia ni del conocimiento por parte de la imputada de que aquĆ©lla fuese ilegĆtima", subraya el fallo.
Agencia DyN