REVÉS PARA LOS CONCEJALES DE PIEDRA DEL ÁGUILA POR NOMBRAMIENTOS ILEGALES - Piedra OnLine

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miércoles, 3 de mayo de 2023

REVÉS PARA LOS CONCEJALES DE PIEDRA DEL ÁGUILA POR NOMBRAMIENTOS ILEGALES

 


REVÉS PARA LOS CONCEJALES DE PIEDRA DEL ÁGUILA

Fiscal emitió opinión en contra de la designación de la concejal Espíndola como presidenta. Por otro lado, plantea la suspensión de los nombramientos de nuevas autoridades en el Concejo Deliberante por entender que los mismos violan la Ley 53 y la Constitución Provincial. 

Los concejales Sergio Epullán y Lidia Mena harán ingreso este jueves 4 de mayo de una presentación dirigida a los concejales Gladis Noemí Espíndola, Eduardo Antonio Sifuentes, Mirta Beatriz Aquito, Marcos Héctor Sifuentes y Rosendo Zapata donde informan la apertura de una causa judicial en su contra realizada ante el Tribunal Superior de Justicia por violación a la Ley 53 y la Constitución Provincial y los actos que han producido pasando por alto principios de legitimidad y legalidad. 

“La demanda judicial, que ya tiene opinión del fiscal, busca la nulidad de las designaciones realizadas, y menciona claramente la suspensión de los nombramientos para el cambio de autoridades en el Concejo Deliberante, entendiéndolos como violatorios”, reza el escrito con la opinión, que también será entregada al personal del órgano legislativo local y al intendente municipal Julio Hernández. 

En la presentación, los ediles advierten a los denunciados a que “Se abstengan de tomar cualquier tipo de medida o aprobar cualquier tipo de norma legal que agrave el conflicto judicial en trámite, bajo apercibimiento de iniciar un nuevo juicio contra ustedes ante la justicia extraordinaria, juicio civil por reparación económica de los daños y perjuicios ocasionados y penal por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, abuso de autoridad y usurpación de cargo público”. 

Por otro lado, en el mismo escrito les anuncian que “Asimismo, serán denunciados en la justicia extraordinaria por aprobar resoluciones violatorias de la Ley 53 -Comunicación 190/23 y Resolución 638/23- por las que usurpan nuestras bancas sin causas justificada, convocando suplentes, lo cual afecta nuestros derechos laborales y viola la voluntad de los electores, configurando una actitud improcedente, temeraria y maliciosa”

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