LA FAMILIA AIGO LE ENVIO UN SECRITO AL PRESIDENTE FEDERACION ARGENTIINA DE LA MAGISTRATURA - Piedra OnLine

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sƔbado, 12 de mayo de 2012

LA FAMILIA AIGO LE ENVIO UN SECRITO AL PRESIDENTE FEDERACION ARGENTIINA DE LA MAGISTRATURA

LA FAMILIA AIGO LE ENVIO UN SECRITO AL PRESIDENTE FEDERACION ARGENTIINA DE LA MAGISTRATURA
En una extensa nota lo denuncias al Juez Joaquin Cosentino por presuntas irregularidades.
Dr. VICTOR VELEZ
Presidente Federación Argentina de la Magistratura.
-BartolomĆ© Mitre n° 2815, piso 4°, oficina 407 “bis” (BS. AS)
-Belgrano 224, 4° piso- (Córdoba).
S/D…………………….

De nuestra mayor consideración, La familia de JOSE EDUARDO AIGO,( PolicĆ­a asesinado el pasado 7 de marzo del 2012 en la zona del paraje PILO LIL, a 40 km de la Ciudad de JunĆ­n de los Andes). Nos dirigimos a usted a los efectos de dar a conocer y expresar la indignación que tenemos por las diferentes irregularidades que consideramos se estĆ”n llevando adelante en la investigación llevada a cabo por el Juez Dr. JUAQUIN COSENTINO – Juez subrogante del Juzgado de Instrucción de esta Localidad -.-
1- Repudiamos con todas nuestras fuerzas las tareas de investigación que ordena el Sr. Juez las cuales son muy lenta e impide de esa manera encontrar a los asesinos de JOSE EDUARDO AIGO.-

2- La tardanza con la que se realizo la autopsia, de nuestro familiar Sargento ayudante JosƩ Eduardo Aigo, caƭdo en cumplimiento de su deber el dƭa 7 de marzo del corriente aƱo, dado que se realizo a las 36 horas luego de haber sido asesinado nuestro hermano.-
3- Que el sr. Juez solamente se baso en la declaración testimonial de FERNANDEZ para darle su libertad, no esperando los resultados de las pericias o informes que se deberían haber hecho, para corroborar los dichos de esta persona. Por Ejemplo: esperar que sea ubicado o detenido alguno de los prófugos, el resultados de la requisa del vehículo y el allanamientos de los domicilios de estos ciudadanos.-

4- Nos preguntamos ¿FERNANDEZ, porque motivo fue trasladado a la ciudad de San MartĆ­n de los Andes, donde su padre es Intendente, recibiendo los beneficios de ser asesorado por un abogado, el Dr. LAPRIDA, para luego dar su testimonio en carĆ”cter de testigo?.
Ahora bien nosotros nos volvemos a preguntar, ¿es necesario que un testigo de algĆŗn hecho delictivo, sea asesorado previamente por un abogado?, si Ć©l es testigo, significa que no hizo nada que lo involucre. ¿Cómo puede ser que FERNANDEZ quien en principio fue parte del grupo que asesino a nuestro hermano, de pronto pase a ser un testigo del hecho?, ¿testigo de quĆ©? El Ćŗnico testigo es el Oficial GUERRERO, quien lo detuvo a FERNANDEZ y tuvo que viajar con nuestro hermano herido hacia el hospital, esto nos da a entender que la palabra del oficial GUERRERO no tiene valor ni peso alguno, se le falta completamente el respeto a la institución policial y al trabajo de esta policĆ­a, que logra detener a uno de los asesinos de nuestro hermano.-

5- No entendemos por qué motivo el Sr. Juez le brindo tantos privilegios y beneficios a esta persona, siendo que a nuestra familia nos falto totalmente el respeto, ejerciendo violencia psicológica, al no cambiar la fecha de la autopsia, porque el señor no quería salir de las comodidades de su domicilio para rehacer un escrito, al no realizar los pasos pertinentes cuando se lo detiene a FERNANDEZ, provocando que antes de ser sepultado nuestro hermano esta asesino estuviera en libertad.-

6- Queremos recalcar los esfuerzos que hizo el Dr. GONZALEZ fiscal de la causa, dado que le solicito a este Juez incompetente, que considere el arresto preventivo de este asesino, imputÔndole el encubrimiento por el falso testimonio que estaba brindando, lo que ocasiona perjuicios en la investigación.
Por ejemplo: Nos volvemos a preguntar, ¿Donde se encuentra FERNANDEZ? Puede esta persona estar comunicĆ”ndose con el resto del grupo de asesinos? Y si es asĆ­, estĆ” el Sr. Juez COSENTINO estĆ” cubriendo alguna banda de delincuentes, guerrilleros, forma parte de ellas? O ¿recibió órdenes o lineamientos precisos para que esta persona sea liberada por ser hijo de un funcionario polĆ­tico?.-

7- El Sr. Juez civilista COSENTINO tuvo participación en el expediente con el solo fin de dejar en libertad al ASESINO FERNANDEZ y una vez que lo logro, se desligo de manera inmediata de la investigación como si este expediente fuera una papa caliente que le quema las manos y se lo delega al Dr. MANUEL GONZALEZ – Fiscal -, porque considera que al haber sido liberado FERNANDEZ, pasa a ser una causa de autores ignorados. De esta manera podemos decir que el Juzgado se lavo las manos y le entrego toda la responsabilidad de la investigación a dicho fiscal.-

8- En fecha 8 de marzo de 2012, el Juez COSENTINO, le recibió declaración testimonial a JUAN MARCOS FERNANDEZ, -.fs. 110/118- y una vez finalizada la misma, el Sr. Agente Fiscal solicitó su detención por el delito de falso testimonio y de encubrimiento, cometidos en flagrancia, no obstante la petición fundada, el Juez la rechazó, no disponiendo nada a su respecto y retirĆ”ndose el Sr FERNANDEZ en calidad de testigo. En su relato, el testigo habrĆ­a aportado con sus dichos datos que acarrearĆ­an la realización de innumerables medidas de pruebas tendientes a identificar a las personas que lo acompaƱaban y que habrĆ­an sido autores del homicidio que hoy se investiga, sin embargo, el magistrado actuante, no consideró la petición de ninguna de ellas, y sin ordenar ni siquiera una diligencia procesal, simplemente decidió remitir el expediente al Sr Fiscal debido que consideró que el mismo era de autores ignorados –v. fs. 122- Ello no obstante existir datos que daban cuenta de identidad de una de las personas prófugas, lo cual para nada justifica la remisión hecha del Juez de la fiscalĆ­a.

9- En la citada audiencia de declaración testimonial, se suma otra grave anomalĆ­a por parte del Juez COSENTINO, cuando ante el pedido fiscal de detención del nombrado ( por delito “in fraganti”), respecto de Juan Marcos FernĆ”ndez, el Magistrado, ordenó insólitamente correr vista al defensor oficial que participaba de dicha audiencia en carĆ”cter de letrado de los prófugos, quien dentro de la misma realizó un alegato de defensa a favor del testigo- fs.-116 vta.-

10- Es necesario manifestar que el día 13 de marzo de 2012 se cumplimentaron dos diligencias de allanamientos en el marco de la investigación de esta causa, medidas que no fueron notificadas debidamente por escrito y con antelación a las partes, incluido el fiscal de la causa, lo cual importa privar a las mismas de la posibilidad de participar en ellas. Una omisión.

11- Durante el mes de Abril, desde el dƭa 13 mƔs exactamente, el Sr Juez de la Causa Dr. JOAQUIN COSENTINO solicita una licencia, que se la autorizan desde su autoridades MƔximas, dejando la causa en manos de un suplente, en este caso el DR; LUCHINO.
Esta es otra actitud que deja en evidencia el desinterĆ©s que tiene sobre esta causa, tan compleja y delicada, con un Hecho tan llamativo y que conmueve fuertemente a toda una comunidad. Tal vez por su alto grado de inoperancia que nos ha mostrado a la sociedad de JunĆ­n de los Andes, o tal vez por la pacificación social anhelada por personas como El Dr: COSENTINO… Lo podemos resumir como que este seƱor a abandonado el Barco en la mitad de la tormenta, cometiendo otra irregularidad como las antes mencionadas.
Sabemos que en la Jurisdicción de Junín de los Andes, no ocurren con frecuencia estos hechos de asesinatos a policías con lo que se trata de una situación excepcional. Esta situación y esta valoración alcanza al Juez y a la persona del Juez , siempre y cuando se pretenda integrado a la sociedad, también alcanza a su profesión como abogado, es mÔs apareció como displicente en todo momento y el remate y confirmación de su actitud fue el apartamiento voluntario en un momento de toma de decisiones, con todo lo que implica para el Juez que lo subroga tener que interiorizarse de la causa y luego del propio DR: JOAQUIN COSENTINO, para que a su regreso se interiorice de la causa nuevamente, para los que necesitamos de la certeza y seguridad de las instituciones, es una verdadera vergüenza y entendemos que esa actitud debe ser reprochada por sus pares, ya que el reproche social lo estÔ viviendo actualmente por toda la ciudad de Junín de los Andes, con el peligro que ello acarrea para el respeto que se debe tener a un Juez, y que con las actitudes de éste, se ha perdido completamente porque ninguna de sus actitudes tampoco han sido de respeto para con nosotros..-

12- El juez de esta causa, le solicita colaboración el Ministro de Relaciones Exteriores, para que intervenga ante las Autoridades del la Republica de chile, a los fines de solicitar que por medio de un exhorto (oficio N°671/2012), se requiera el arresto preventivo y extradición de Jorge Antonio Salazar Oporto y Alexis Alfredo Cortes Torres. Desde el ministerio de Relaciones Exteriores le envĆ­an una nota (4646/12) donde le comunican que el escrito enviado estĆ” incompleto, ya que no se ajusta a las normas del tratado interamericano del extradición.
Se le adelanta por Fax, el día 11 de abril, la falta de un trÔmite muy importante como es copia certificada de la orden de detención y de las normas sobre prescripción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 del Tratado Interamericano de Extradición (aprobado por decreto-ley 1638/1956) donde se le deja aclarado que, Esta Asesoría se permite destacar que dicho exhorto
Se reservarÔ en esta Dirección a la espera de lo solicitado. Y que consideramos lo hizo un mes mÔs tarde.

13- Es claro decir que los funcionarios de esta jurisdicción ante un hecho de tanta gravedad como el que le costó la vida al Sargento Ayudante JOSE EDUARDO AIGO, no poseen la experiencia ni los conocimientos necesarios para llevar adelante una investigación, que logre obtener a los culpables de la muerte de nuestro Familiar. Esto estÔ claramente comprobado, sino no hubiesen habido tantas irregularidades desde el principio de esta causa.

14- Por eso recurrimos a todos los medios para que se haga justicia, buscaremos todas las pruebas necesarias para solicitar que se le realice un JUICIO POLITICO al Civilista COSENTINO por el mal desempeño de sus funciones, por desligarse de la investigación diciendo que son autores ignorados. Todos sabemos que poseemos datos de los autores, nombres, apellidos y número de documento, otro estuvo demorado y este Juez le otorgo la libertad y el restante se sabe que vive y se domicilia en un paraje cercano a la localidad del BOLSON. No es evidente que escapa de su sabiduría investigar un homicidio?.


15- Repudiamos firmemente la libertad de FERNANDEZ y solicitamos encarecidamente a las Autoridades de la Justicia Provincial y Nacional que tomen cartas en el asunto para controlar las acciones de sus inferiores y de esta manera se tomen medidas urgentes en la investigación y no se siga entorpeciendo la causa judicial por parte del Sr. Juez Subrogante del Juzgado de Instrucción de esta Localidad Dr. COSENTINO.-
16- Dejamos en su conocimiento que la Parte querellante hemos solicitado el retiro, de esta causa al Juez COSENTINO, ya que consideramos no es un juez imparcial, ya que deja en evidencia su deseo de defender lo indefendible y convertirse en un paragua salvador para los culpables de tan aberrante hecho como el que le costó la vida a nuestro familiar.
Saludamos a usted con el mayor de los respetos y solicitamos tome cartas en el asunto, lo antes posible.

Abogado representante de la Familia AIGO- SOTO
Dr. GUSTAVO LUCERO
Dr. SAƚL CASTAƑEDA